IVA Y ARANCELES EN LA IMPORTACION DE MATERIAL SANITARIO PARA DONACION

La Comisión Europea exime del impuesto al valor agregado de importación y los aranceles aduaneros sobre equipos médicos importados utilizados para combatir el virus COVID-19.

De acuerdo con el artículo 74 del Reglamento Europeo 1186/2009 y el artículo 46 de la Ley No 37/1992 del Impuesto al Valor Agregado (las dos reglas aplicables a la regulación), se aplica esta medida regulada por NI GA 12/2020 de 8 de abril. Exención de derechos de aduana y exención de IVA para las importaciones de bienes destinados a víctimas de desastres.

La exención también se aplicará de forma retrospectiva, a partir del 30 de enero, día en que la Organización Mundial de la Salud declaró una emergencia sanitaria global por COVID-19, tendrá una duración de 6 meses, es decir, el 31 de enero. Julio.

Quién puede beneficiarse de la exención de impuestos para las importaciones de dispositivos médicos

Para obtener estos beneficios, los productos de higiene deben importarse a través de los siguientes métodos:

  • Organismos estatales, incluidas entidades estatales, instituciones públicas y otras instituciones jurídicas públicas.
  • Entidades con derecho a recibir exenciones o EDE, es decir, organizaciones autorizadas por las autoridades competentes de los estados miembros. Estas EDE deben solicitar autorización administrativa para la exención de impuestos.
  • Otros operadores privados que importan estos materiales por cuenta de EDE, para beneficio directo de EDE, en dos casos:
      1. Entidades privadas donan a la importación de EDE después de la importación, una vez donada la donación de EDE debe ser razonable.
      2. EDE compra a una entidad privada, es decir, una entidad que importa bienes de un tercer país. En este caso, se deberán aportar los motivos para actuar en representación de EDE, así como la autorización administrativa para la exención del impuesto al valor agregado EDE.

¿Qué productos se pueden importar libres de impuestos para combatir COVID-19?

Solo los productos utilizados para combatir COVID-19 son elegibles para la exención.

Por lo tanto, el equipo médico importado sin impuestos ni derechos no se puede tomar prestado, arrendar o transferir sin notificar a las autoridades. Asimismo, una vez que deje de utilizarse, deberá prestarse, arrendarse o transferirse sin avisar a la aduana.

Si se importan con fines distintos a otros, se deben pagar los derechos de aduana y el impuesto al valor agregado.

Cómo solicitar la concesión y la exención del IVA

La solicitud se enviará a DUA de acuerdo con el código indicado en la secuencia de operaciones. En los 4 casos, incluyen:

  • El código correspondiente a la solicitud de exención en la casilla 37.2:
      1. Aranceles: bienes importados en beneficio de las víctimas del desastre: C2.
      2. Exención del impuesto sobre el valor añadido de los artículos 40 a 42, 44 a 46, 49, 54 y 58 de la Ley Tributaria: 102.
      3. Del mismo modo, para artículos que requieran medición FARMIN, el código correspondiente en (casilla 44).

Además, se incluyen los siguientes códigos según el orden de operaciones:

  1. Las entidades autorizadas venden directamente a proveedores en terceros países:
    • Recuadro 8: Identificación de la entidad.
    • Casilla 44: Autorización de exención del IVA 1110-AEAT.
    • Casilla 47 (MP): «J» pagos diferidos sin garantías para entidades públicas.
  2. La entidad autorizada compra el producto a un proveedor nacional y el proveedor compra el producto a un proveedor de un tercer país en nombre de la entidad autorizada.
    • Casilla 8: Certificado de identidad del importador (sin inmunidad)
    • Casilla 44: Entidad 5023-NIF que representa las importaciones (titular exento C26); 1110-AEAT autoriza la exención del IVA de EDE; 1050-Bienes libres de impuestos recibidos.
    • Casilla 47 (MP): «A» o «R».
  3. Después de que la donación sea confirmada oficialmente antes de la importación, donaciones a entidades autorizadas que reciben bienes directamente de proveedores de terceros países o donantes nacionales.
    • Casilla 8: Identificación de EDE.
    • Casilla 44: Autorización de exención del IVA 1110-AEAT.
    • Casilla 47 (MP): «J» no proporciona garantías para pagos diferidos por parte de entidades públicas.
  4. Importado por una entidad privada y luego donado a una entidad autorizada
    • Casilla 8: Importador (donante).
    • Casilla 44: 5023-NIF representa la importación de bienes (titular de la donación C26) o la entidad NIF donada; Autorización 1110-AEAT.
    • Casilla 47 (MP): «A» o «R».